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La respuesta es la siguiente:

Si estás divorciada y tu ex pareja no cumple con las cláusulas de tu convenio, en específico siempre es referente a la pensión alimenticia establecida.

En estos casos lo que se tiene que hacer es promover un incumplimiento de la pensión.

En el incumplimiento se suma todas las cantidades que tu ex pareja te adeuda.

Mediante esta suma vas a obtener un total.

Con ese total el juez da vista a tu ex pareja y le otorga un término, por lo general de cinco días, para que manifieste sobre su cumplimiento o incumplimiento.

En la práctica se refiere que acredite si cumplió o no con el convenio mencionado, es decir en los tiempos y cantidades establecidos en dicho convenio.

En caso de que tu ex pareja no pueda comprobar de manera clara su cumplimiento (que es lo que siempre pasa), le otorga, por lo general, cinco días para que cumpla de manera voluntaria.

¿Qué sucede si no cumple de manera voluntaria?

Se procede a su cumplimiento forzoso.

Es decir a embargar bienes suficientes para su cumplimiento, puede ser desde vehículos, inmuebles, su salario, etcétera, cualquier bien sujeto a un embargo.

Así también se le puede solicitar que se le corra traslado el caso al Ministerio Público en virtud que hoy en día no cumplir con la pensión alimenticia es un delito:

Abandono de Familiares

Artículo 183. A la persona que sin causa justificada INCUMPLA CON LA OBLIGACIÓN DE DAR ALIMENTOS a aquellos que tienen derecho a recibirlos, SE LE IMPONDRÁ PENA DE SEIS MESES A CUATRO AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA DE CIEN A CUATROCIENTOS DÍAS, suspensión o pérdida de la tutela o custodia en caso de ser titular de este derecho respecto de su acreedor alimentario, y PAGO COMO REPARACIÓN DEL DAÑO DE LAS CANTIDADES NO SUMINISTRADAS OPORTUNAMENTE, mismas que deberán ser garantizadas por medio del depósito en cualquiera de las formas señaladas por la ley.

Para los efectos de este artículo, se tendrá por consumado el delito aun cuando el o los acreedores alimentarios se dejen al cuidado o reciban la ayuda de un tercero.

Recuerda que la pensión alimenticia para tus hijos es hasta los 25 años, siempre y cuando continúen con sus estudios.

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