fbpx

¿Cómo es un caso de reconocimiento de paternidad?

¿Por qué elegirnos?

  • Garantía: Su caso legal está garantizado, si no conseguimos el resultado que estamos buscando, se le regresa su dinero. (Money Back Guarantee). «Olvídate de perdí mi dinero». Somos los únicos abogados a nivel nacional que garantizamos por escrito los resultados.
  • Rapidez: Nuestro tiempo de solución de casos legales es de 7 a 11 meses en promedio. «Olvídate de mi caso duró 5 años»
  • Honorarios por escrito, sin cargos sorpresa. «Olvídate de necesito $ 3,000.00 pesos para copias»
  • Transparencia total: Cada 30 a 45 días recibirá un informe sobre el avance de su caso legal con acceso remoto a sus actuaciones (expediente digital). «Olvídate del no sé como va mi caso».
  • Más de 30,000 seguidores en nuestra página de Facebook
  • Excelentes calificaciones en Google

GRATIS TU CITA DE ASESORÍA EN PERSONA, POR TIEMPO LIMITADO APROVECHA.

¡LIMITADO A LAS PRIMERAS 5 CITAS, NO PIERDAS TU LUGAR AGENDA AHORA TU CITA DE ASESORÍA GRATIS!

Envía un  WhatsApp al +523316696038 o haciendo click aquí y agenda tu cita en persona GRATIS.

📍UBICACIÓN DE NUESTRAS OFICINAS:

Av. de las Américas 1254, Colonia Country Club, Guadalajara, Jalisco. C.P 44610.

Con la paternidad la parte contraria estará obligada a pagar todo el adeudo de pensión alimenticia.

¿Qué incluye el concepto legal de pensión alimenticia?

Preguntas Frecuentes:

  1. ¿Qué es la pensión alimenticia?

La pensión alimenticia es una obligación legal que tienen ciertas personas de proporcionar una cantidad de dinero mensualmente a otra persona que depende económicamente de ellas. Por lo general, esta obligación se establece en casos de divorcio o separación en los que hay hijos menores de edad o personas que necesitan ser sostenidas económicamente.

  1. ¿Quién tiene derecho a recibir una pensión alimenticia?

Tienen derecho a recibir una pensión alimenticia los hijos menores de edad, los hijos mayores de edad que se encuentren estudiando y dependan económicamente de sus padres, y los cónyuges o concubinos que durante el matrimonio o concubinato hayan dependido económicamente del otro.

  1. ¿Cómo se determina el monto de la pensión alimenticia?

El monto de la pensión alimenticia se determina tomando en cuenta las necesidades de quien la recibe y las posibilidades económicas de quien la paga. En general, se consideran los ingresos, gastos y circunstancias personales de ambas partes para establecer una cantidad que sea justa y suficiente para cubrir las necesidades básicas del beneficiario.

  1. ¿Cuánto tiempo dura la obligación de pagar la pensión alimenticia?

La obligación de pagar la pensión alimenticia dura mientras exista una necesidad económica del beneficiario. En el caso de los hijos menores de edad, la obligación termina cuando cumplen 18 años o se emancipan, mientras que en el caso de los hijos mayores de edad que estudian, la obligación puede extenderse hasta que terminen sus estudios. En el caso de los cónyuges o concubinos, la obligación puede durar el tiempo que se acuerde o en algunos casos, de manera indefinida.

  1. ¿Qué pasa si el obligado no paga la pensión alimenticia?

Si el obligado no paga la pensión alimenticia, el beneficiario puede recurrir a los tribunales para hacer valer sus derechos. El incumplimiento de la obligación de pagar la pensión puede derivar en sanciones civiles y penales, como multas, embargos, prisión y la cancelación de licencias o permisos.

  1. ¿Se puede modificar el monto de la pensión alimenticia?

Sí, el monto de la pensión alimenticia puede ser modificado si cambian las circunstancias económicas de alguna de las partes o si se presentan nuevas situaciones que justifiquen la modificación. En estos casos, es necesario acudir a los tribunales para solicitar la modificación correspondiente.

  1. ¿Qué documentos son necesarios para solicitar una pensión alimenticia?

Los documentos necesarios pueden variar dependiendo del caso, pero en general se requiere, actas de nacimiento de los hijos, relación de los gastos como renta, comida, vestimenta, esparcimiento, entre otros.

  1. ¿Qué puede hacer el beneficiario si no está de acuerdo con el monto de la pensión alimenticia?

Si el beneficiario no está de acuerdo con el monto de la pensión alimenticia, puede presentar una demanda ante los tribunales para solicitar la revisión del monto establecido.

9. ¿Puede el beneficiario renunciar a la pensión alimenticia?

Sí, el beneficiario puede renunciar a la pensión alimenticia si cuenta con medios suficientes para su sustento. Sin embargo, la renuncia debe hacerse ante un juez y éste deberá valorar si la renuncia es válida o no.

10. ¿Cómo se hace el pago de la pensión alimenticia?

El pago de la pensión alimenticia se hace de manera mensual, semanal o quincenal, mediante depósito en una cuenta bancaria, en efectivo o mediante cualquier otro medio acordado entre las partes u ordenado por el Juez.

11. ¿Qué pasa si el beneficiario se casa o tiene una relación de pareja estable?

En el caso de los hijos menores de edad, el hecho de que el beneficiario se case o tenga una relación de pareja estable no afecta el derecho a recibir la pensión alimenticia. En el caso de los cónyuges o concubinos, si el beneficiario se casa o inicia una nueva relación, puede perder el derecho a recibir la pensión alimenticia.

12. ¿Cómo se calcula la pensión alimenticia en caso de hijos mayores de edad o con alguna discapacidad?

En el caso de los hijos mayores de edad que dependen económicamente de sus padres, se toman en cuenta los gastos necesarios para su manutención, como los costos de estudios o la renta de un lugar para vivir. En el caso de los hijos con alguna discapacidad, se toman en cuenta los gastos necesarios para su atención y cuidado.

13. ¿Puede el obligado a pagar pensión alimenticia pedir una disminución de la pensión en caso de desempleo o incapacidad para trabajar?

Sí, el obligado a pagar pensión alimenticia puede solicitar una disminución de la pensión en caso de desempleo o incapacidad para trabajar, siempre y cuando se demuestre ante un juez la imposibilidad de seguir pagando la pensión.

14. ¿Contar con un adeudo de pensión alimenticia o no pagar la pensión alimenticia es un delito?

Si esta configurado como el delito de abandono de familiares:

Código Penal del Estado de Jalisco:
CAPÍTULO VIII
Abandono de Familiares

Artículo 183. A la persona que sin causa justificada INCUMPLA CON LA OBLIGACIÓN DE DAR ALIMENTOS a aquellos que tienen derecho a recibirlos, SE LE IMPONDRÁ PENA DE SEIS MESES A CUATRO AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA DE CIEN A CUATROCIENTOS DÍAS, suspensión o pérdida de la tutela o custodia en caso de ser titular de este derecho respecto de su acreedor alimentario, y PAGO COMO REPARACIÓN DEL DAÑO DE LAS CANTIDADES NO SUMINISTRADAS OPORTUNAMENTE, mismas que deberán ser garantizadas por medio del depósito en cualquiera de las formas señaladas por la ley.

Para los efectos de este artículo, se tendrá por consumado el delito aun cuando el o los acreedores alimentarios se dejen al cuidado o reciban la ayuda de un tercero.

15. ¿Es verdad que si promuevo un caso de pensión alimenticia me puede quitar a mis hijos?

Falso. El hecho de promover un caso de pensión alimenticia, no faculta a quitar la custodia de los menores, en la práctica es una amenaza común que emiten los padres irresponsables con la finalidad de infundir miedo a la otra parte y no actúe legalmente.

16. ¿Si promuevo un caso de pensión alimenticia, le da derecho a convivir con mis hijos?

Falso, son cuestiones diferentes, una cuestión es la pensión alimenticia y otra es que se establezca un régimen de visitas y convivencias.

Dudas frecuentes también en los casos de paternidad:

  1. ¿Cómo puedo saber quién es el padre de mi hijo/a? Para determinar la paternidad, se pueden realizar pruebas de ADN. Estas pruebas se realizan tomando muestras de saliva o de sangre del supuesto padre y del niño/a.
  2. ¿Puedo obligar al supuesto padre a realizar la prueba de ADN? No se puede obligar al supuesto padre a realizar la prueba de ADN, pero si existe una orden judicial, el juez puede ordenar que se realice la prueba.
  3. ¿Cuál es el plazo para reclamar la paternidad? No existe plazo alguno.
  4. ¿Qué pasa si el padre se niega a reconocer al niño/a? En caso de que el padre se niegue a reconocer al niño/a, se puede iniciar un proceso judicial de reconocimiento de paternidad.
  5. ¿Qué derechos tiene el padre una vez que se ha reconocido la paternidad? Una vez que se ha reconocido la paternidad, el padre tiene el derecho de establecer una relación con su hijo/a y participar en su vida y educación. También tiene la obligación de contribuir económicamente a su manutención y cuidado.

Etapas de un caso legal Familiar en México.